Hasta el 9 de agosto del año en curso se han producido veintidós feminicidios en el país, según reportes de prensa. Mediante Ley 82 de 2013, a través de su artículo 41, se incorporó el artículo 132-A del Código Penal en el cual se sanciona el feminicidio con pena de 25 a 30 años de privación de libertad. Tras los últimos casos de esta conducta criminal, algunos grupos proponen sanciones de entre 45 y 50 años de privación de libertad. El sentido común dominante dicta que la solución a este y otros problemas es sencilla: un Código Penal más severo, que apele a todas las funciones de la pena, desde prevención general, tanto positiva como negativa (reconocidas en el artículo 7 del Código Penal), es decir, la utilización de la persona penalizada como un instrumento para disuadir a aquellos que piensen cometer la conducta en el futuro (negativa) o con el propósito de restablecer la confianza en el sistema de justicia y de la ley penal mediante la sanción de una persona (positiva). En
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